La jueza de garantías de Tartagal, Ivana Soledad Hernández, homologó el acuerdo pleno alcanzado en el marco de un juicio abreviado y condenó al ciudadano peruano Elton Jhony Mijahuanga Flores (39) a la pena de 6 años de prisión y multa de multa de $5.940.000, en orden al delito de transporte de estupefacientes. El condenado fue detenido en noviembre del año pasado con más de 118 kilogramos de cocaína que ocultaba en packs de medias que trasladaba en una camioneta utilitaria.
El acuerdo con la defensa fue alcanzado el 9 de mayo pasado. En representación del Ministerio Público Fiscal, intervinieron en el caso el titular de la Sede Fiscal Descentralizada de Orán, el fiscal Marcos César Romero, el auxiliar fiscal Luis Francisco Valencia y la investigadora Analia Cabral.

Además, la jueza Hernández ordenó el decomiso del teléfono celular de Mijahuanga Flores, de 600.000 pesos argentinos y 1.040 pesos bolivianos y de los 1.058 pares de medias entre los que estaba oculta la droga.
En la audiencia, el auxiliar fiscal explicó que en la mañana del 29 de noviembre de 2024, personal de la Sección “28 de Julio” del Escuadrón 20 Orán de la Gendarmería Nacional efectuaba un control de rutina sobre la Ruta Nacional 50. Así inspeccionaron un vehículo utilitario Renault Kangoo, que viajaba de norte a sur, en el cual Mijahuanga Flores iba de acompañante, junto al conductor y otras cuatro personas que estaban en la parte trasera. Al revisar el baúl, se encontraron con siete lonas de las que se utilizan para llevar mercadería y seis bultos más pequeños.
Al pasar los bultos por el escáner, los gendarmes advirtieron una serie de paquetes cuadrados y rectangulares. En ese contexto, Mijahuanga Flores reconoció como propia la mercadería de las lonas que, al ser abierta, reveló la presencia de 1.058 pares de medias en packs por docenas entre las cuales había 119 paquetes que contenían 118,586 kilogramos de cocaína.
Para formular la imputación, la fiscalía se valió del sumario preventivo; las actas de requisa, secuestro, detención y pesaje; la prueba orientativa de narcotest; los peritajes químicos y telefónicos; el anexo fotográfico; la planilla de avalúo (estimado en $1.227.199.240); los informes de migraciones y del Registro Nacional del Automotor; las declaraciones de los testigos y los informes socioambientales.
Así, acusó a Mijahuanga Flores del delito de transporte de estupefacientes previsto por el artículo 5, inciso “c” de la Ley 23.737.
En ese contexto, el Ministerio Público Fiscal avanzó en un acuerdo de juicio abreviado con la defensa de Mijahuanga Flores y convinieron una pena de 6 años de prisión efectiva como autor del delito mencionado, multa de $5.940.000,00, inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena, las costas del proceso y el decomiso de los elementos secuestrados.

A su turno, la jueza Hernández consideró procedente el acuerdo, dado que “el imputado aceptó en su totalidad las cuestiones relativas a los hechos, a la participación y a los antecedentes probatorios con la tipificación más la pena requerida”.
Al homologar el acuerdo, la magistrada entendió que existió “un transporte de estupefacientes desconociendo su destino que por la cantidad tiene claramente la finalidad de su comercialización” y que “la conducta desplegada por el encartado fue cargar esta droga en el taxi que estaba en una modalidad de ocultamiento entre mercadería de otro tipo”.
“Teniendo en cuenta la entidad del cargamento y el daño que supone con la cantidad de dosis umbrales establece la necesidad de imponer una pena proporcional al hecho”, señaló la jueza Hernández y justificó la pena adoptada en “las circunstancias de las condiciones personales del Sr. Mijahuanga Flores, siendo un extranjero que se ha introducido al país por un paso no habilitado”.